miércoles, 19 de junio de 2013

EN QUE CONSISTE UN CONTRATO




 CONSISTE EN:


La idea y concepto de trabajo, varían de acuerdo con los distintos regímenes económicos de cada país, pero coinciden esencialmente quienes pretenden justificar el trabajo subordinado, en la intención de someter al trabajador y dar base a las ganancias y a los pretendidos derechos del patrón. El desarrollo económico alcanzado y la capacidad de los trabajadores, hacen posible que además de participar en las utilidades, intervengan en la dirección y administración de la empresa.


















Elementos que integran el concepto de trabajo.
  1. El trabajo es una condición de existencia del hombre. La persona puede dedicarse al desarrollo de la profesión, industria, comercio, o cualquier otra actividad que más le acomode, siempre y cuando no este impedido por determinación judicial, no se ataquen derechos de terceros, no se viole una resolución de gobierno dictadas en términos de ley o no se ofendan los derechos de la sociedad.
  2. EL TRABAJO TIENE COMO OBJETO CREAR SATISFACTORIOS PARA ATENDER NECESIDADES. Frente al imperativo de buscar satisfactorios en la búsqueda de crear necesidades para aprovechar los aparentes satisfactorios, el hombre requiere del trabajo, como único medio para sostener la economía y los recursos necesarios que la civilización va generando.
  3. EL TRABAJO ES OBJETO DE PROTECCIÓN JURÍDICA. Esta protección se otorga de acuerdo con la naturaleza del trabajo y atendiendo al carácter del trabajador. Igualmente debe preservarse la dignidad del trabajador, considerada como necesidad de respeto a su persona y proporcionarle los medios necesarios para la elevación del nivel cultural, social y material, propios y de la familia.




VÍDEOS ACERCA COMO SE FIRMA UN CONTRATO

EN ESTE VÍDEO SABREMOS COMO SE REALIZA CON MAS CLARIDAD UN CONTRATO  CUANDO ES  A SUELDO Y A PARTICIPACIÓN



CONTRATO POR SU FORMA DE REMUNERACIÓN DE PARTICIPACION

EJEMPLO: ESTE CONTRATO ES AQUEL QUE LE HACER AL TRABAJADOR ACREEDOR DE UN PORCENTAJE DE LAS GANANCIAS DE UNA EMPRESA O ALA MISMA QUE LE DA SU ESFUERZO DE TRABAJO INTELECTUAL

CONTRATO POR LA FORMA DE REMUNERACIÓN A JORNAL

EJEMPLO: ESTE ES UN CONTRATO  A JORNAL

EJEMPLOS DE CONTRATO A SUELDO

EJEMPLO: Un contrato a sueldo se identifica de la siguiente manera.


martes, 18 de junio de 2013

¿POR QUE SE DIVIDEN EN ESTOS TIPOS DE CONTRATO?

¿POR QUE SE DIVIDEN EN ESTOS TIPOS DE CONTRATO?

SEGÚN EL ARTICULO  13 DEL CÓDIGO DE TRABAJO
Art. 13.- Formas de remuneración.- En los contratos a sueldo y a jornal la remuneración se pacta tomando como base, cierta unidad de tiempo.
Contrato en participación es aquel en el que el trabajador tiene parte en las utilidades de los negocios del empleador, como remuneración de su trabajo.
La remuneración es mixta cuando, además del sueldo o salario fijo, el trabajador participa en el producto del negocio del empleador, en concepto de retribución por su trabajo.


 Se dividen así ya que  cada forma de trabajar o la preparación de cada persona que ejerce ese trabajo no es la misma que todos es por eso que el código establece cuales estan dentro de cada clasificación del contrato 
 Es necesario
Tipos de Contratos Por La Forma De Remuneración

CONTRATO DEFINICION
:EL CONTRATO DE TRABAJO EL CONTRATO DE TRABAJO CONCEPTO.Acuerdo de voluntades entre dos partes-empleador y trabajador- por la cual el trabajador se compromete a brindar sus servicios de manera personal, remunerada y subordinada y el empleador se obliga al pago de la remuneración.





A Sueldo.- Cuando la remuneración se pacta por quincena o por mensualidades, si se trata de labores estables o continuas



A Jornal.- Cuando la remuneración se pacta por día, en caso de que las labores no fueran permanentes o se tratare de tareas periódicas o estacionales.



En Participación.- Cuando la remuneración se pacta por porcentaje o fracción de las utilidades que percibe el empleador, que no podrá ser menor a un salario básico unificado. Cuando la empresa arroje pérdidas y el trabajador haya pactado una remuneración en participación, éste quedará sin efecto, debiendo aplicarse el salario básico unificado correspondiente.